Descripción de la obra
Hoy nadie cuestiona que el cine es un medio de comunicación social de primera magnitud.
Tampoco su repercusión e influencia.
Quizás sea porque el cine, además de servir como entretenimiento y evasión, permite adentrarse en el estudio de los comportamientos sociales.
A través del contacto intelectual con la trama, el público se identifica con los personajes o los detesta; comprende sus acciones o las repudia.
Los sentimientos se remueven en el interior del espectador.
Puede ponerse en la piel de los personajes, preguntarse el porqué de sus actos y juzgarlos .
La urdimbre del guion cinematográfico encauza la empatía y la aceptación tanto como el rechazo y la censura de valores, ideas, pensamientos, prejuicios, actitudes, normas Los estereotipos y mitos se refuerzan o diluyen.
Es así como el cine contribuye a que el espectador llegue a formar opinión en torno a sucesos pasados, presentes y futuros.
De esta manera, se convierte en un instrumento pedagógico idóneo, que forma e informa con habilidad distendida y lúdica.
Esta es la perspectiva que aquí nos interesa: su vocación didáctica.
Más en concreto, la que concierne a la divulgación del sistema judicial y sus vericuetos.
Derecho y cine son elementos en simbiosis desde hace décadas.
No por casualidad, el movimiento conocido como Law and Cinema se consolidó en los años 90 del pasado siglo XX; momento en el que los estudios de Derecho y Cine comenzaron a cobrar cierto arraigo en las universidades norteamericanas.
También las universidades españolas reaccionaron, sobre todo a partir del año 2000, impartiendo asignaturas, seminarios, ciclos jurídicos y otras actividades sobre el derecho y el cine (Oviedo, A Coruña, Autónoma de Barcelona, Sevilla, Murcia, Valencia y Navarra, entre otras).
Esta trilogía, sin embargo, va dirigida al gran público; no solo, ni primordialmente, a los operadores jurídicos.
Propone un viaje para amantes del cine por el parque de atracciones de la Justicia.
La obra está elaborada